El pasado Domingo 25 de octubre de 2020, el Gobierno declaró nuevamente el Estado de Alarma en todo el territorio español. Pero, son notables las diferencias entre las medidas impuestas ayer, y las medidas decretadas el pasado mes de marzo, ya que la situación actual es más favorable que la vivida en los meses anteriores.
Desde el mes de marzo hemos vivido una situación insólita no solo en España sino a nivel mundial, que ha afectado a nuestra manera de relacionarnos con nuestros vecinos, amigos y familiares, a su vez ha influido en otros aspectos de nuestra vida como son la esfera profesional, jurídica y, por supuesto, médica, haciéndonos reflexionar sobre nuestra forma de vivir y como pueden cambiar nuestras circunstancias por un factor externo.
Teniendo en cuenta esta nueva realidad, ¿Cómo afecta el estado de alarma a la movilidad de personas entre fronteras de la Unión Europea y las fronteras con terceros Países?
En principio, y hasta que el Gobierno se pronuncie sobre nuevas medidas además de la nueva legislación, nuestra referencia para la movilidad de personas entre Países seguirá siendo lo convenido en la Orden ministerial INT/913/2020, del 29 de septiembre
Las restricciones temporales en las fronteras exteriores españolas es la exclusión de la entrada de personas al territorio español por motivos de seguridad médica. Siguiendo lo determinado en la legislación vigente, esta Orden permite la entrada en España a:
Es relevante mencionar que, incluso cuando no están registrados como residentes en España.
Aún considerando todo lo expuesto, la vigencia de esta Orden finaliza el próximo viernes, y el Gobierno aún no se ha pronunciado al respecto de nuevas medidas. Sin embargo, considerando las anteriores actuaciones del ejecutivo es probable que se pronuncie siguiendo las directrices de la Recomendación (UE) 2020/1551 del Consejo de 22 de octubre de 2020 . Aún así estaremos pendientes de las nuevas reformas y de su repercusión en el Derecho de extranjería.
Desde Goy Gentile Abogados podemos tramitar todo tipo de visados y permisos de entrada para cruzar las fronteras. No dude en ponerse en contacto con nuestro despacho enviando un email a abogados@goygentile.com o bien llamando al 914 354 519
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