Con miras al inicio del cuarto trimestre del año, en Gentile Law hemos preparado un resumen de las principales actualizaciones fiscales implementadas en 2024, así como de aquellas anteriores que continúan teniendo efecto durante este año. Este informe destaca los cambios más relevantes.
1. Prórroga del Impuesto Temporal de Solidaridad para las Grandes Fortunas
El Impuesto Temporal de Solidaridad para las Grandes Fortunas (en adelante, "ITSGF") ha sido prorrogado para el año 2024 y se ha establecido con carácter indefinido, según lo establecido en el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre.
Este fue creado con el objetivo de incrementar la recaudación y armonizar la tributación entre las distintas regiones. El Gobierno estableció un gravamen complementario al Impuesto sobre el Patrimonio (en adelante "IP"), de ámbito estatal, dirigido a personas con patrimonios elevados. Este impuesto afecta, en concreto, a residentes cuyo patrimonio neto supere los 3,7 millones de euros a nivel global, y a no residentes con más de 3 millones de euros en activos en España. Las tasas oscilan entre 1,7% y 3,5%, permitiéndose la deducción de cualquier impuesto patrimonial ya pagado, tanto en España o en el extranjero.
Esto afecta principalmente a los residentes en regiones que contaban con regulaciones patrimoniales favorables, como Madrid o Andalucía, las cuales han decidido eliminar las reducciones y bonificaciones previas para que la recaudación permanezca en estos territorios.
En este contexto y dadas estas circunstancias, es aconsejable que los contribuyentes consideren una planificación fiscal a largo plazo para mitigar, en medida de lo posible, el impacto de este impuesto complementario.
2. Transposición de la Directiva de la OCDE sobre el Impuesto Mínimo Global a las sociedades
España ha procedido a la transposición de la Directiva de la Unión Europea 2022/2523, que establece un impuesto mínimo global del 15% conforme al pilar 2 del proyecto BEPS (Erosión de la Base Imponible y Traslado de Beneficios). Esta transposición se llevó a cabo mediante la aprobación del proyecto de ley el 4 de junio de 2024.
Esta directiva nace como respuesta a la planificación fiscal agresiva de algunos grupos multinacionales que lograban una tributación inferior a la que les correspondería. A partir de este año, la norma impactará a aquellas sociedades o grupos de sociedades con una facturación superior a 750 millones de euros durante los dos ejercicios anteriores.
Con la implementación de esta directiva, establece que estos grupos multinacionales deberán tributar, al menos, un 15% sobre los beneficios obtenidos en territorio español.
3. Modificaciones en la reserva de capitalización en el Impuesto sobre Sociedades
A través del Real Decreto Legislativo 4/2024, se han introducido cambios en el Impuesto sobre Sociedades (en adelante, "IS") especialmente en lo que respecta a la regulación de la reserva de capitalización, con efectos desde el 1 de enero de 2024.
Anteriormente, el límite máximo para la reducción de fondos propios del ejercicio era del 10% y tras la modificación, este límite se incrementa al 15%, ofreciendo así un incentivo fiscal al aumentar la reducción aplicable sobre la base imponible del IS.
Además, se ha reducido el plazo para mantener el incremento de los fondos propios, pasando de cinco a tres años.
Este beneficio será aplicable tanto para los periodos iniciados en 2024, como para aquellos periodos que comiencen con posterioridad y aún deben cumplir el periodo anterior de reserva. En estos últimos casos, se establece un régimen transitorio que acorta en dos años el período de mantenimiento del incremento de fondos propios y de la reserva de capitalización.
4. Libertad de amortización en determinados vehículos e infraestructuras de recarga
Este Real Decreto, introduce un incentivo fiscal para los periodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2024, permitiendo la liberta de amortización de vehículos eléctricos e infraestructuras de recarga. A diferencia del año anterior, que permitía la amortización acelerada, ahora se aplica una mayor flexibilidad en la amortización de estos activos.
La libertad de amortización se aplica a vehículos eléctricos, híbridos e híbridos enchufables, siempre que estén destinados a actividades económicas durante los períodos impositivos que comiencen en 2024 o en 2025.
Es importante señalar que este incentivo también estará disponible para las personas físicas que desarrollen una actividad económica en el marco del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
5. Reducción temporal del Impuesto sobre el Valor Añadido
Con respecto al Impuesto sobre el Valor Añadido (en adelante "IVA"), el Real Decreto mencionado establece una reducción temporal del tipo impositivo para ciertos productos. A partir del 1 de julio hasta el 30 de septiembre de 2024, se aplicará un tipo del 0% a productos alimentarios básicos como aceite de oliva, pan, harinas, frutas y verduras.
Desde el 1 de octubre y hasta el 31 de diciembre de 2024, el tipo impositivo para estos mismos productos será del 2%.
A partir de 2025, el tipo aplicable aumentará al 4% incluyendo el aceite de oliva de forma definitiva, como novedad de este año.
Por otro lado, el tipo reducido del IVA para la energía eléctrica, que será del 10% durante el 2024, se mantendrá hasta finales de año. A partir del 1 de enero de 2025, se aplicará el tipo general del 21%.
En conclusión, mientras que la prórroga del ITSGF y la eliminación de los beneficios relacionados con el Impuesto sobre el Patrimonio han introducido desafíos para la tributación de las personas físicas, la reforma fiscal ofrece un panorama más favorable para las sociedades. Las modificaciones en el Impuesto sobre Sociedades, como el incremento en el límite de reducción de fondos propios y la reducción del plazo de mantenimiento de las reservas, proporcionan incentivos para las empresas. Además, la reducción temporal del IVA a productos básicos y el tipo reducido para la energía eléctrica aportan un alivio adicional para los consumidores y las empresas, contribuyendo a un entorno fiscal más equilibrado y menos oneroso en el contexto económico actual.
Si desea saber más sobre fiscalidad, en Gentile Law, tenemos un equipo de expertos en la materia dispuestos a asesorarle.