Publicado: 25-04-2025
El nuevo control fiscal 2025 en España introduce medidas que obligan a bancos, plataformas y ciudadanos a informar con mayor detalle a Hacienda. A partir del 1 de enero de 2026, bancos, plataformas de pago y entidades financieras estarán obligadas a proporcionar más información a la Agencia Tributaria sobre cuentas, tarjetas, préstamos y operaciones en efectivo. Esta nueva normativa se recoge en el Real Decreto 253/2025, de 1 de abril, que modifica el Reglamento del IRPF y el Reglamento General de gestión e inspección tributaria., de 1 de abril de 2025, que modifica el Reglamento del IRPF y el Reglamento General de gestión e inspección tributaria.
Estas medidas no solo afectan a empresas y autónomos, sino también a cualquier ciudadano, ya que Hacienda podrá revisar con mayor detalle las operaciones financieras, incluso aunque no superen grandes cantidades de dinero.
¿Qué cambia con el nuevo control fiscal 2025 en España?
A continuación, se detallan los principales aspectos del Real Decreto 253/2025 que afectarán la relación entre contribuyentes y la Agencia Tributaria:
1. Información sobre préstamos, créditos y movimientos de efectivo
Los bancos deberán informar anualmente sobre ingresos, disposiciones o cobros en efectivo que superen los 3.000 €, sin importar la moneda ni el canal utilizado. También deberán reportar saldos superiores a 6.000 € a 31 de diciembre, así como préstamos o créditos concedidos, identificando al prestatario.
2. Información sobre cuentas bancarias
Las entidades bancarias y de crédito deberán presentar una declaración informativa con:
- Identificación de los titulares de cuentas.
- Saldos a 31 de diciembre.
- Movimientos trimestrales.
- Cargos y abonos anuales.
Esto incluye también cuentas en el extranjero si el titular es residente fiscal en España, complementando el actual sistema internacional de intercambio automático de información bancaria (CRS).
3. Operaciones con tarjetas
Las entidades emisoras de tarjetas (crédito, débito, dinero electrónico), incluidas sucursales extranjeras que operen en España, deberán informar si los movimientos anuales superan los 25.000 €. Deberán declarar:
- Datos del contrato y titulares.
- Número y tipo de tarjeta.
- Operaciones realizadas (cargos, abonos, retiradas, recargas).
- Cuentas asociadas.
4. Cobros por TPV, móviles y plataformas digitales
Entidades que gestionan pagos (bancarias, electrónicas, emisoras de tarjetas) deberán informar mensualmente sobre:
- Comercios y profesionales adheridos a sus sistemas de cobro.
- Importe total cobrado.
- Identificación de los terminales utilizados.
- Cuentas de destino de los fondos.
Esto aplica a pagos por TPV físico, TPV virtual, Bizum, Apple Pay, entre otros.
5. Guarderías y deducción por maternidad
Las guarderías autorizadas deberán declarar anualmente:
- Nombre del menor y progenitores.
- Meses completos de asistencia.
- Gastos anuales abonados.
- Ayudas públicas recibidas.
Cómo protegerse frente a inspecciones y sanciones
Todas estas obligaciones derivadas del nuevo control fiscal 2025 en España afectan tanto a grandes empresas como a pequeños negocios y personas físicas. Te decimos cómo protegerte:
- Justificar todos los movimientos con facturas, contratos, extractos y justificantes.
- Consultar con un asesor fiscal antes de realizar operaciones relevantes (herencias, compraventas, préstamos familiares, etc.).
- Conservar la documentación durante al menos 4 años, que es el plazo general de prescripción fiscal.
Conclusión
La Agencia Tributaria avanza hacia una fiscalización más exhaustiva con acceso casi total a la información financiera de los contribuyentes. Gracias al cruce automatizado de datos y al intercambio internacional de información, movimientos bancarios no justificados, pagos con tarjeta o transferencias sospechosas podrán ser detectados y analizados con más precisión.
En Gentile Law contamos con expertos en fiscalidad internacional que pueden ayudarte a cumplir con el nuevo control fiscal 2025 en España de forma segura y conforme a la ley.