La Ley de Segunda Oportunidad permite a personas físicas, bien sean particulares o autónomos, que se encuentren en estado de insolvencia, la renegociación o exoneración de sus deudas. Este mecanismo legal tiene como objetivo dar la posibilidad a los deudores de empezar de cero, sin verse eternamente endeudados, así como salvar, en la medida de lo posible, el cobro de los acreedores.
La Ley de Segunda Oportunidad está destinada a personas físicas, ya sean naturales, autónomos o consumidores, que tengan graves dificultades para hacer frente a sus deudas. Esto es, que se encuentren en un estado de insolvencia, bien se trate de insolvencia actual, cuando el deudor ya ha dejado de pagar actualmente a sus acreedores, o bien insolvencia inminente, cuando el deudor todavía no ha incumplido sus obligaciones exigibles, pero es previsible que vaya a ocurrir.
Para poder acogerse a esta Ley, es necesario que el deudor cumpla ciertos requisitos.
El requisito principal es que se trate de un deudor de buena fe. Se requiere que el concurso no haya sido declarado culpable. Entendiendo por concurso, el procedimiento legal originado tras la situación de insolvencia, para dar la posibilidad a la persona física de reorganizar sus deudas y salir de esa situación de sobreendeudamiento. Para que el concurso sea declarado como no culpable, el deudor no ha debido llevar a cabo internacionalmente ninguna acción que haya agravado su situación de insolvencia. Además, aunque el concurso haya sido declarado no culpable, se podrá apreciar mala fe si el deudor proporciona información falsa o actúa negligentemente en el proceso.
El deudor debe demostrar que se encuentra realmente en situación de insolvencia, por consiguiente, debe demostrar no tener patrimonio suficiente para hacer frente a sus deudas.
Otro de los requisitos principales es que el deudor cuente con más de un acreedor, esto es, tener al menos dos deudas con entidades diferentes. Es un mínimo exigido por la Ley, sin embargo, no existe un número máximo de deudas.
Se requiere que no haya sido condenado en los últimos 10 años por delitos socioeconómicos o patrimoniales contra instituciones públicas como Hacienda o la Seguridad Social.
Por último, puede el deudor haberse acogido al procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad en los últimos 5 años, reduciéndose dicho plazo a 2 años, si se ha satisfecho un plan de pagos.
A través de la Ley de Segunda Oportunidad se pueden exonerar todas las deudas que no estén contempladas en el artículo 489.1 de la Ley Concursal.
Algunos ejemplos de deudas que se pueden cancelar:
Entre las deudas no cancelables se encuentran aquellas que vengan derivadas de:
La deuda por impago de la hipoteca no se puede cancelar, puesto que entre las deudas no exonerables se incluyen aquellas con garantía real.
Sin embargo, una vez ejecutada la vivienda, si no se ha podido obtener suficiente dinero para cubrir la deuda, la parte restante pierde la naturaleza de garantía real, por lo que sí podría ser exonerada a través de la Ley de Segunda Oportunidad. Esto es, la parte proporcional de la hipoteca que no queda cubierta con la entrega del inmueble puede quedar exonerada con los beneficios de esta Ley.
Gracias a la reforma de la Ley Concursal de septiembre de 2022, existe la posibilidad de que el deudor no tenga que deshacerse de su vivienda, puesto que tiene la opción de elaborar un plan de pagos para satisfacer parte de la deuda no exonerable, así como cierta parte de la exonerable. Dicho plan de pagos podrá tener una duración de hasta cinco años sin intereses.
De esta forma, la Ley de Segunda Oportunidad constituye una limitación al principio de responsabilidad patrimonial universal de los deudores del art.1911 CC, que establece que el deudor responsable de sus obligaciones con todos sus bienes, presentes o futuros.
Por todo lo anterior, si estás pensando en acogerte a los beneficios de esta Ley, o quieres informarte más acerca del procedimiento para exonerar tus deudas con la Ley de Segunda Oportunidad, desde Gentile Law, te asesoramos y acompañamos durante todo el proceso a través de expertos en derechos fiscal.